Provisiones, contingencias y acontecimientos posteriores al cierre de los estados financieros /
Provisiones, contingencias y acontecimientos posteriores al cierre de los estados financieros /
Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas.
- 1a ed.
- Madrid : AECA, 1988
- 59 p.
- Documentos AECA. Principios contables ; 11 .
- Documentos AECA. Principios contables (Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas) 11 .
1. Disposiciones legales y normalizadoras relativas a las provisiones, contingencias y acontecimientos posteriores al cierre de los estados financieros -- 2. Provisiones, contingencias y acontecimientos posteriores al cierre de los estados financieros, según la comisión de principios y normas de contabilidad de la AECA.
Este documento, relativo a clientes, deudores y otras cuentas a cobrar, comprende todos los derechos de cobro o créditos de la empresa derivados de la venta de bienes o prestación de servicios a otras personas físicas o jurídicas, y en general los originados por la operatoria propia de la actividad específica constitutiva del objeto de la empresa u otras actividades conectadas de algún modo con aquélla, como es el caso de las ventas de inmovilizado técnico.
No se consideran en este Documento los Derechos de Cobro frente a las Administraciones Públicas derivados de las relaciones tributarias con aquéllas ni los conectados con la obtención o suministro de capitales financieros, tanto de la propiedad como de terceros.
848641427X
ESTADOS FINANCIEROS
CONTABILIDAD DE COSTOS
LEGISLACION
NORMAS CONTABLES
ESPAÑA
CONTABILIDAD ANALITICA
CONTABILIDAD INTERNA
657.420946
1. Disposiciones legales y normalizadoras relativas a las provisiones, contingencias y acontecimientos posteriores al cierre de los estados financieros -- 2. Provisiones, contingencias y acontecimientos posteriores al cierre de los estados financieros, según la comisión de principios y normas de contabilidad de la AECA.
Este documento, relativo a clientes, deudores y otras cuentas a cobrar, comprende todos los derechos de cobro o créditos de la empresa derivados de la venta de bienes o prestación de servicios a otras personas físicas o jurídicas, y en general los originados por la operatoria propia de la actividad específica constitutiva del objeto de la empresa u otras actividades conectadas de algún modo con aquélla, como es el caso de las ventas de inmovilizado técnico.
No se consideran en este Documento los Derechos de Cobro frente a las Administraciones Públicas derivados de las relaciones tributarias con aquéllas ni los conectados con la obtención o suministro de capitales financieros, tanto de la propiedad como de terceros.
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